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mas las aguas de Noé sobre la tierra: así juré, que no me enojaré contigo, ni te reprenderé. Porque los montes serán conmovidos, y los collados se estremecerán: mas mi misericordia no se apartará de ti, y la alianza de mi paz no se moverá: dijo el Señor compasivo de tí. Pobrecilla combatida de la tempestad, sin ningun consuelo. Mira que yo pondré por órden tus piedras, y te cimentaré sobre zafiros... Y serás cimentada en justicia: ponte lejos de la opresion, pues no temerás, y del espanto, que no llegará á tí*.

170. Cuarto: cap. lx. Y vendrán á tí encorvados los hijos de aquellos, que te abatieron, y adorarán las huellas de tus pies todos los que te desacreditaban, y te llamarán la ciudad del Señor, la Sión del Santo de Israel. Porque fuiste desamparada, y aborrecida, y no habia quien por ti pasase, te pondré por lozania de los siglos, para gozo en generacion y generacion: Y mamarás leche de las naciones, y serás amamantada por el pecho de los Reyes; y sabrás, que yo soy el Señor tu Salvador, y tu Redentor, el fuerte de Jacob... No se oirá mas hablar

* Noli timere, quia non confundèris, neque erubesces: non enim te pudebit, quia confusionis adolescentiæ tuæ obliviscêris, et opprobrii viduitatis tuæ non recordaberis ampliùs. Quia dominabitur tui qui fecit te, Dominus exercituum nomen ejus: et redemptor tuus sanctus Israël, Deus omnis terræ vocabitur. Quia ut mulierem derelictam et mærentem spiritu vocavit te Dominus, et uxorem ab adolescentia abjectam, dixit Deus tuus. Ad punctum in modico dereliqui te, et in miserationibus magnis congregabo te. In momento indignationis abscondi faciem meam parumper à te, et in misericordia sempiterna misertus sum tui: dixit redemptor tuus Dominus. Sicut in diebus Noë istud mihi est, cui juravi ne inducerem aquas Noë ultrà supra terram: sic juravi ut non irascar tibi, et non increpem te. Montes enim conmovebuntur, et colles contremiscent: misericordia autem mea non recedet à te, et fœdus pacis meæ non movebitur: dixit miserator tuus Dominus. Paupercula tempestate convulsa, absque ulla consolatione. Ecce ego sternam per ordinem lapides tuos, et fundabo te in sapphiris ... Et in justitia fundaveris : recede procul à calumnia, quia non timebis : et à pavore, quia non appropinquabit tibi, &c.—Isai. liv, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, et 14.

de iniquidad en tu tierra, ni habrá estrago ni quebrantamiento en tus términos, y ocupará la salud tus muros, y tus puertas la alabanza*.

172. Quinto: cap. lxii. De allí adelante no serás llamada desamparada; y tu tierra no será ya mas llamada desierta... Y los nombrarán, Pueblo santo, redimidos el Señor. Mas tú serás llamada: La ciudad buspor cada, y no la Desamparada.

173. Sesto: cap. lxvi. Alegraos con Jerusalén, y regocijaos con ella todos los que la amais: gozaos con ella de gozo todo los que llorais sobre ella, para que mameis, y seais llenos de la teta de su consolacion: para que chupeis, y abundeis en delicias de toda su gloria. Porque esto dice el Señor: He aqui que yo derivaré sobre ella como rio de paz, y como arroyo que inunda la gloria de las gentes, la cual mamareis: llevados sereis á los pechos, y sobre las rodillas os acariciarán. Como la madre acaricia á su hijo, así yo os consolaré, y en Jerusalén sereis consolados ‡.

Et venient ad te curvi filii eorum, qui humiliaverunt te, et adorabunt vestigia pedum tuorum omnes, qui detrahebant tibi, et vocabunt te Civitatem Domini, Sion sancti Israël. Pro eo quòd fuisti derelicta, et odio habita, et non erat qui per te transiret, ponam te in superbiam sæculorum, gaudium in generationem et generationem: Et suges lac gentium, et mamillâ regum lactaberis et scies quia ego Dominus salvans te, et redemptor tuus fortis Jacob ... Non audietur ultrà iniquitas in terra tua, vastitas et contritio in terminis tuis, et occupabit salus muros tuos, et portas tuas laudatio. — Isat. lx, 14, 15, 16, 18.

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+ Non vocaberis ultrà Derelicta et terra tua non vocabitur ampliùs Desolata... Et vocabunt eos, Populus sanctus, redempti à Domino. Tu autem vocaberis: Quæsita civitas, et non Derelicta.Isai. lxii, 4, et 12.

Lætamini cum Jerusalem, et exultate in ca omnes qui diligitis eam: gaudete cum ea gaudio universi, qui lugetis super eam, ut sugatis, et repleamini ab ubere consolationis ejus: ut mulgeatis, et delitiis affluatis ab omnimoda gloria ejus. Quia hæc dicit Dominus: Ecce ego declinabo super eam quasi fluvium pacis, et quasi torrentem inundantem gloriam gentium, quam sugetis: ad ubera portabimini,

174. Considerad por último todo el cap. ii de Oseas, en que vereis abreviado todo el misterio de que actualmente hablamos, desde el principio hasta el fin. Lo primero: le anuncia Dios á su esposa infiel, que llegará el caso de privarla enteramente de su dignidad, que la arrojará ignominiosamente de su casa: que la abandonará del todo: que la mirará como si no fuera su esposa, ni él su marido : que no hará caso de sus hijos, ni se moverá á compasion. Juzgad á vuestra madre (ó como leen los 70, sed juzgados con vuestra madre), juzgadla: porque ella no es mi muger, ni yo su marido... Y no tendré misericordia de sus hijos. Lo segundo: le anuncia los terribles trabajos y calamidades que padecerá en su soledad y desamparo, y todo de su mano y por órden suya: hé aquí yo cercaré tu camino con espinos, y lo cercaré con paredes, y no hallará sus senderos :...manifestaré su locura á los ojos de sus amadores: y nadie la sacará de mi mano: Y haré cesar todo su gozo, su solemnidad, su Neoménia †. le anuncia y le promete, así en este lugar capítulo ii, que despues de bien castigada, trabajada, y humillada hasta lo sumo, abrirá finalmente los ojos, y dirá como el hijo pródigo del evangelio: Iré, y volveré á mi primer marido. Lo cuarto, en fin le anuncia que entónces llamará á su Dios, diciéndole: mi primer marido : y le promete que entonces la recibirá otra vez, y se desposará con ella como de nuevo, y no la apartará jamás de sí: Y te desposaré conmigo para siempre: y te despo

Lo tercero:

como en el

et super genua blandientur vobis. Quomodò si cui mater blandiatur, ita ego consolabor vos, et in Jerusalem consolabimini. — Isai. lxvi, 10, 11, 12, 13.

* Judicate matrem vestram (judicamini cum matre vestra), judicate: quoniam ipsa non uxor mea, et ego non vir ejus ... Et filiorum illius non miserebor. Osee. ii, 2, 4.

+ Ecce ego sepiam viam tuam spinis, et sepiam eam maceriâ, et semitas suas non inveniet ... revelabo stultitiam ejus in oculis amatorum ejus et vir non eruet eam de manu mea: Et cessare faciam omne gaudium ejus, solemnitatem ejus, Neomeniam ejus, &c. Osee. ii, 6, 10, 11.

:

Vadam, et revertar ad virum meum priorem. - Osee. ii, 7.

saré conmigo en justicia, y juicio, y en misericordia, y en clemencia. Y te desposaré conmigo en fe: y sabrás que yo soy el Señor *.

175. Estos lugares que acabo de apuntar, omitiendo otros innumerables que se pueden ver en los profetas, parece que prueban invenciblemente, que aquella primera esposa de Dios (es decir la casa de Jacob) que despues de la muerte del Mesías fué arrojada ignominiosamente de la casa del esposo por su iniquidad é incredulidad, ha de ser llamada algun dia, y asunta con infinitas ventajas en otro estado y bajo de otro testamento sempiterno, á su primera dignidad, para no perderla jamás, que es todo lo que por aora pretendiamos probar. Examinémos en seguida atentamente lo que alega la parte contraria.

SE PROPONEN Y EXAMINAN DOS IMPEDIMENTOS.

PARRAFO VI.

176. La parte contraria, que sin duda tiene fuertes motivos para oponerse con todas sus fuerzas á la vocacion y asuncion de Sión, alega contra ella dos impedimentos, en tono de gran seguridad; y cierto, que mirados estos desde cierta distancia, muestran un semblante verdaderamente terrible, capaz de acobardar y aun hacer temblar al mas animoso. El primer impedimento está ó se pretende estár de parte de la esposa actual de Dios; de aquella, digo, que entró en lugar de Sión, y ocupó el puesto que ella dejó vacio por su incredulidad +. De aquella de quien dice el Apostol, citando el de Oseas: Llamaré pueblo mio, al que no era mi pueblo: y amado, al que no era amado y que alcanzó misericordia, al que no habia alcanzado misericordia. De aquella de quien dice S. Pedro: en algun tiempo erais no pueblo, mas aora sois

Et sponsabo te mihi in sempiternum: et sponsabo te mihi in justitia, et judicio, et in misericordia, et in miserationibus. Et sponsabo te mihi in fide: et scies quia ego Dominus.- Osee. ii, 19, 20. + Propter incredulitatem. - Ad Rom. xi, 20.

Vocabo non plebem meam, plebem meam : et non dilectam, di

pueblo de Dios: que no habiais alcanzado misericordia, mas aora habeis alcanzado misericordia*. El segundo impedimento está ó se pretende estár de parte de la misma Sión, la cual se supone ya incapaz de otra cosa, que de desprecio y vilipendio. Uno y otro impedimento se presenta en tono tan decisivo, y con tan gran satisfaccion, que segun ellos parece que no queda lugar á la duda ó la sospecha. No obstante, si nos acercamos un poco mas, si los miramos con alguna particular atencion, si llegamos á tocarlos con la mano, descubrimos al punto con admiracion y pasmo, que el primero estriba únicamente sobre un puro sofisma, y el segundo sobre una insigne falsedad.

PRIMER IMPEDIMENTO.

177. La sustancia de este primer impedimento se reduce en pocas palabras á este discurso: Dios no puede tener dos esposas diversas, asi como no puede tener dos Iglesias diversas, porque la esencia de la Iglesia y de la esposa de Dios, esto es, de la parte activa de la misma Iglesia (que es la que propiamente se llama esposa madre, &c.) es la unidad: luego Sión no puede ser llamada otra vez y asunta de nuevo á la dignidad de esposa de Dios, que tuvo en otros tiempos. El antecedente es, no solo cierto sino dogma de fe. La consecuencia se prueba así: para que Sión pueda volver á ser esposa de Dios, es necesario que la esposa actual que entró en su lugar, caiga en algun tiempo en la desgracia del esposo y en el mismo infortunio en que cayó Sión así como fué necesario que cayese Sión y fuese arrojada de casa, para que entrase á reinar la esposa actual. A este propósito se dice en Isaías: Estrecha es la cama, de modo que uno de los dos ha de caer; y una manta

lectam et non misericordiam consecutam, misericordiam consecutam. — Ad Rom. ix, 25.

Qui aliquando non populus, nunc autem populus Dei: qui non consecuti misericordiam, nunc autem misericordiam consecuti. – 1 Pet. ii, 10.

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